Deducibles en tu declaración anual

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En heru queremos que tengas claridad sobre qué gastos puedes deducir y cómo hacerlo bien. Esta guía te lo explica paso a paso.


¿Qué son los Deducibles?

Las deducciones son gastos o inversiones que puedes restar de tus ingresos al calcular tus impuestos. Para que sean válidas, deben cumplir con los requisitos establecidos por las leyes fiscales.


Deducciones anuales

Anualmente, puedes deducir tus gastos personales registrados en el transcurso del año a presentar, así como se tienen en consideración tus deducciones hechas mensualmente. Puedes deducir:

Gastos médicos

Tipos

  • Honorarios médicos

  • Dentista, tratamientos y consultas

  • Servicios de psicología y nutrición

  • Gastos médicos por incapacidad o discapacidad

  • Gastos hospitalarios

  • Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias)

  • Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis

  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación

  • Honorarios a enfermeras

  • Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de $2,500), con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista

Consideraciones

  • Los honorarios médicos, dentales, psicológicos y de nutrición deben facturarse por profesionales con título registrado.

  • Aplican para el contribuyente y familiares directos sin ingresos superiores a $32,693.40 UMA anual, siempre que el pago sea electrónico o con tarjeta.

  • En el uso del CFDI debes dejar “Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios” o “Gastos médicos por incapacidad o discapacidad”.

Colegiaturas

  1. El deducible no puede exceder el monto máximo por alumno según el nivel educativo y aplica solo para instituciones con reconocimiento oficial

    • Preescolar: $14,200

    • Primaria: $12,900

    • Secundaria: $19,900

    • Profesional técnico: $17,100

    • Bachillerato o equivalente: $24,500

  1. No incluye inscripción, reinscripción, becas ni apoyos económicos, si hay dos niveles escolares en el mismo año, se puede deducir el de mayor costo.

  2. Solo es deducible si el beneficiario no tiene ingresos mayores a $32,693.40 UMA anual.

  3. En el uso del CFDI debes dejar "pagos por servicios educativos".

Transporte escolar

  1. Aplica solo si es obligatorio por normativas locales o si está incluido en la colegiatura.

  2. Solo es deducible para tus desentiendes directos (hijos)

  3. En la factura, el monto de transporte debe estar separado de otros gastos escolares.

  4. En el uso de CFDI debes dejar "gastos de transportación escolar obligatoria".

Gastos funerarios

  • Son deducibles hasta un máximo de $32,693.40 UMA anual y el beneficiario no debe tener ingresos mayores a este valor

  • En el uso del CFDI debes dejar "gastos funerarios"

Donaciones

  1. Solo aplican si son donaciones a instituciones no remuneradas y autorizadas.

  2. Se puede deducir hasta 7% de los ingresos acumulables del año anterior para y hasta 4% para donativos a la Federación.

  3. En el uso del CFDI debes dejar "donativos"

Créditos Hipotecarios

  1. Se pueden deducir los intereses reales pagados, esto es (interés que pagas por el crédito menos la inflación) destinados a uso propio, no renta, contratados con el sistema financiero, INFONAVIT, FOVISSSTE, entre otros.

  2. El monto del crédito no debe exceder $5,331,174.75

  3. El uso de CFDI debe ser "intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios"

Cuentas para el Ahorro

  1. Puedes deducir depósitos en cuentas personales de ahorro y pagos de primas de seguros con planes de jubilación o retiro, cumpliendo con la permanencia.

  2. El monto máximo deducible es de $152,000.00

  3. El uso de CFDI debe ser "depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones"

Aportaciones complementarias

  1. Puedes deducir aportaciones voluntarias y complementarias realizadas a tu subcuenta de retiro

  2. Se debe cumplir con requisito de permanencia y solo podrán usarse cuando el titular cumpla 65 años o tenga incapacidad para trabajar, según la ley de seguridad social

  3. El uso de CFDI debe ser "aportaciones voluntarias al SAR"

Primas de seguros de gastos médicos

  1. Puedes deducir las primas de seguros de gastos médicos, ya sean complementarios o independientes de los servicios públicos de salud.

  2. Puedes deducir pagos para ti, tu cónyuge, concubino(a), padres o hijos.

  3. El uso de CFDI debe ser "primas por seguros de gastos médicos"

En caso de cualquier gasto debes tener a consideración que:

  • Las deducciones no pueden superar $163,467.00 UMA anuales o el 15% de los ingresos, excepto en casos de incapacidad, discapacidad y otras excepciones específicas.

  • Se debe pagar con cheque, transferencia, tarjeta de débito, crédito o de servicios.


Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si deduzco algo que no debería? Podrías recibir multas del SAT. En heru te ayudamos a evitar estos errores.


¡Muchas gracias por tu confianza!

Equipo profesional de soporte.

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